
Después de varias polémicas y mucho camino recorrido, finalmente fue radicada la ponencia de la reforma laboral ante la Comisión VII de la Cámara de Representantes. El documento, que consta de 82 artículos, está listo para su primer debate en el Congreso y cuenta con varias modificaciones de contenido, en comparación con el proyecto original; entre ellas se destacan la modificación en la jornada diaria, las condiciones en las que se pagará el recargo por dominicales y la creación de un contrato para los empleados de las plataformas de domicilios y transporte.
Principales puntos de la propuesta
Jornadas
La transformación más llamativa del proyecto —que ha sido uno de los puntos más discutidos entre empresarios y el Gobierno— tiene que ver con la duración de la jornada diaria. En un principio, se buscó que iniciara a las seis de la mañana y se extendiera hasta las seis de la tarde, hora a la que también iniciaría la jornada nocturna. La nueva propuesta indica que la jornada noctura inicia a las siete de la noche. Se incluyen exclusiones como el personal de vigilancia y seguridad privada. Se mantuvo incólume la idea de pagar más por el trabajo nocturno.
Indemnización
El despido de trabajadores con causa injustificada acarrea indemnización siempre y cuando se trate de contrato a término indefinido. Así las cosas, se aplicará de la siguiente manera:
- 45 días de salario si se prestó un tiempo de servicio menor a un año.
- Cuando el trabajador prestó entre 1 y 5 años de servicio continuo, tiene derecho a un pago de quince días adicionales de salario, aparte de los 45 básicos.
- Cuando el trabajador prestó entre 5 y 10 años de servicio, tiene derecho a treinta días adicionales de salario sobre los 45.
- Cuando el trabajador prestó diez años o más de servicio continuo, tiene derecho a recibir sesenta días adicionales de salario sobre los 45 básicos.
Dominicales
La nueva redacción de la reforma laboral dicta que el trabajo en día de descanso obligatorio deberá remunerarse con un recargo del 100% sobre el salario normal, en proporción a las horas trabajadas, sin perjuicio al pago ordinario al que el trabajador ya tiene derecho por laborar la semana completa. El pago deberá aplicarse en cualquier día de descanso, no únicamente a los que coinciden con un domingo y, adicionalmente, se estableció que el aumento se dará de forma gradual, incrementando entre el 2024 y el 2026.
Plataformas
La nueva reforma laboral resalta la obligatoriedad de la vinculación de los trabajadores de plataformas virtuales a las empresas por medio de un contrato laboral oficial con todos los derechos y las garantías que se requieren. Adicionalmente, prohíbe el pacto de exclusividad y recalca la importancia de configurar un contrato especial para cada caso específico, que dependa directamente de las características del sector en el que se desempeñe el trabajo.
Contratos de prestación de servicios
Uno de los temas más controversiales respecto a la reforma laboral está relacionado con la restricción a los contratos a término fijo, requeridos por algunos empleadores cuando las actividades que van a realizar son temporales. El proyecto establece que podrán firmarse documentos de ese tipo con una duración máxima de tres años.
Trabajador agropecuario
En la reforma laboral se establece una nueva modalidad llamada jornal agropecuario, que tiene el objetivo de remunerar los contratos para ese tipo de trabajadores. Así, el proyecto prohíbe tanto la vinculación de empleados mediante empresas de servicios temporales, como la tercerización laboral.
Pueden leer críticas al proyecto aquí o sus implicaciones aquí.